Bandera
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Emblema
LEGISLACIÓN
Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio (BOE nº 164, de 10 de julio), reformada por Ley Orgánica 4/1991, de 13 de marzo (BOE nº 63, de 14 de marzo) y por Ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo (BOE nº 72, de 25 de marzo). Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.
Artículo 5º. 1. La tradicional señera de la Comunidad Valenciana está compuesta por cuatro barras rojas sobre fondo amarillo, coronadas sobre franja azul junto al asta.
2. Una Ley de las Cortes Valencianas podrá determinar la simbología heráldica propia de la Comunidad que integra las tres provincias de Castellón, Valencia y Alicante y su incorporación a la señera, sobre las barras.
Ley 8/1984, de 4 de diciembre (DOGV nº 211, de 13 de diciembre). Regulación de símbolos de la Comunidad Valenciana y su utilización.
Artículo 2º. La bandera de la Comunidad Valenciana es la tradicional "senyera", compuesta por cuatro barras rojas sobre fondo amarillo, coronadas sobre franja azul junto al asta.
Artículo 6º. 1. El emblema de la Generalitat Valenciana se constituye con la heráldica del Rey Pedro el Ceremonioso, representativa del histórico Reino de Valencia, tal como es blasonado a continuación:
1. 1. Escudo: Inclinado hacia la derecha, de oro con cuatro palos de gules.
1. 2. Timbre: Yelmo de plata coronado; mantelete que cuelga en azur, con una cruz paté curvilínea y fijada con punta aguzada de plata, forrado de gules; por cimera, un dragón naciente de oro, alado, linguado de gules y dentado de plata.